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Licencia para abrir un bar, cafetería o restaurante

Un bar, cafetería o restaurante no tiene un único trámite: depende de la superficie, del ruido, de las instalaciones, de si hay obra y de si habrá música o actividad recreativa. Antes de comprometer el local conviene saber cuál te toca.

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Qué trámite te corresponde

En la Comunitat Valenciana la Ley 6/2014 ordena las actividades en tres vías según su incidencia ambiental: licencia ambiental, declaración responsable ambiental y comunicación de actividades inocuas. Los establecimientos de restauración solo necesitan licencia ambiental si superan los 28 metros de altura de evacuación o los 1.500 m² de superficie (salvo que una normativa específica disponga otra cosa).

Por debajo de esos umbrales, la actividad va por comunicación de actividades inocuas si cumple todas las condiciones del anexo III, y por declaración responsable ambiental si incumple alguna. Un bar o restaurante con cocina, campana extractora o equipos potentes puede incumplir alguna de ellas, por lo que lo normal es que un técnico lo calcule para tu local concreto.

Las condiciones del anexo III, en corto

Para que valga la comunicación, el local debe cumplir todas estas condiciones; si falla una, se pasa a declaración responsable ambiental:

Si habrá música o actividad de ocio

La Ley 6/2014 deja fuera los establecimientos y espectáculos que se rigen por la Ley 14/2010 de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos (art. 3.4). Un local con música en directo, baile o aforo elevado puede tener que cumplir además esa norma, con su propio catálogo de actividades y requisitos. Conviene decirlo desde el principio, porque cambia el trámite.

Orden de los trámites y cuándo puedes abrir

En municipios como Alicante, el procedimiento empieza por un informe urbanístico municipal; si el local necesita obras, estas se tramitan antes (declaración responsable de obra menor o licencia, según su alcance); y después se presenta la declaración responsable ambiental o la comunicación. Cada Ayuntamiento tiene su ordenanza y puede variar.

Qué suele pedirse

En el Ayuntamiento de Alicante, por ejemplo, la declaración responsable ambiental lleva: memoria técnica descriptiva, copia de la declaración o licencia de obras, informe urbanístico municipal, certificación técnica de que la instalación cumple las condiciones exigibles, justificante de la tasa y las autorizaciones sectoriales que correspondan. La memoria y la certificación las firma personal técnico competente.

Ejemplos de situaciones tipo

Los ejemplos son situaciones tipo para entender el trámite, no expedientes reales ni una garantía de resultado.

Cafetería pequeña, sin cocina

Un local de unos 60 m² en un bajo, con máquina de café, nevera y poco más, sin extracción de humos ni música.

Trámite probable
Probablemente comunicación de actividades inocuas, siempre que se cumplan todas las condiciones del anexo III. El técnico lo comprueba con la potencia, la carga térmica y el ruido reales.

Restaurante con cocina y campana

Un local con cocina, campana extractora y varios equipos de potencia, con aforo medio.

Trámite probable
Es fácil que supere alguna condición del anexo III (olores y humos, potencia o carga térmica) y entonces iría por declaración responsable ambiental, con memoria técnica y certificación.

Bar con música en directo

Un bar que quiere programar conciertos o tener actividad recreativa.

Trámite probable
Además de la vía ambiental, entra en el ámbito de la Ley 14/2010 de espectáculos públicos y actividades recreativas, con requisitos propios.

Preguntas frecuentes

¿Necesito licencia ambiental para un bar pequeño?

No necesariamente. Los establecimientos de restauración solo la necesitan por encima de 28 metros de altura de evacuación o 1.500 m² de superficie, salvo normativa específica. Por debajo va por declaración responsable ambiental o comunicación de actividad inocua.

¿Cuánto tarda en poder abrir?

Con comunicación, desde que se presenta; con declaración responsable ambiental, un mes desde que está completa (o antes si hay acta de conformidad); con licencia ambiental, hasta seis meses. A eso hay que sumar las obras y la preparación de la documentación.

¿Puedo empezar las obras antes de presentar la actividad?

Las obras tienen su propio trámite (declaración responsable de obra o licencia). En Alicante, por ejemplo, la obra se tramita antes que la actividad. Empezarlas sin cobertura puede obligarte a legalizar después.

¿Qué pasa si abro sin presentar nada?

La actividad debe declararse o comunicarse antes de abrir. Abrir sin hacerlo es irregular y puede acabar en una orden de cese, aunque se puede regularizar: mira la guía sobre legalizar una actividad abierta sin licencia.

¿Quién firma la documentación?

Personal técnico competente, identificado en la memoria con su nombre y titulación. El técnico que firma tu expediente se identifica en el presupuesto.

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Fuentes consultadas

Contenido revisado el 19 de octubre de 2026 con la normativa consolidada que figura en las fuentes, que puede modificarse: un técnico comprueba la versión vigente y la ordenanza de tu Ayuntamiento antes de actuar. Información orientativa, no es asesoramiento legal.

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