Antes de abrir un local hay que comunicar o solicitar la actividad al Ayuntamiento. El trámite que te toca no depende solo del nombre del negocio, sino de lo que ocurre dentro: ruido, cocina, climatización, aforo o superficie.
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En la Comunitat Valenciana la Ley 6/2014 de prevención, calidad y control ambiental de actividades distingue cuatro regímenes. Para un local normal casi siempre se trata de uno de estos tres: comunicación de actividad inocua, declaración responsable ambiental o licencia ambiental.
Los tres caminos más habituales
Cuanto mayor es el impacto previsto de la actividad, más control previo exige el Ayuntamiento. La diferencia práctica está en cuándo puedes abrir y en cuánta documentación técnica hay que preparar.
Comunicación de actividad inocua
Para qué actividades
Actividades que cumplen todos los criterios de inocuidad del anexo III de la Ley 6/2014 (por ejemplo, nivel sonoro interior inferior a 70 dBA y motores de menos de 9 CV en total).
Cuándo puedes abrir
Con efecto inmediato al presentar la comunicación.
Qué se presenta
Certificado técnico de inocuidad, planos y documentación básica.
Declaración responsable ambiental
Para qué actividades
Actividades de bajo impacto que incumplen algún criterio de inocuidad (por ejemplo, música amplificada o cierta maquinaria).
Cuándo puedes abrir
Pasado el plazo que fija la normativa y el Ayuntamiento, en torno a un mes; el técnico lo confirma en tu caso.
Qué se presenta
Memoria técnica y certificado de técnico competente.
Licencia ambiental
Para qué actividades
Actividades del anexo II de la ley, como las que tienen cocina con humos, mayor aforo o impacto ambiental relevante.
Cuándo puedes abrir
Después de la resolución del Ayuntamiento y de la visita del técnico municipal.
Qué se presenta
Proyecto técnico, estudios específicos y resolución municipal.
Comercio y servicios de hasta 750 m²
La Ley 12/2012 de liberalización del comercio permite abrir comercio minorista y los servicios que enumera su anexo, con hasta 750 m² de superficie útil de exposición y venta, sin licencia previa: basta una declaración responsable o una comunicación previa. Quedan fuera las actividades que afectan al patrimonio histórico-artístico o al uso privativo del dominio público.
Importante: la Ley 12/2012 no sustituye a la normativa ambiental ni a la de seguridad. Un técnico debe comprobar en cada caso qué se aplica a tu local y a tu municipio.
Tipo de negocio: elige el tuyo
Oficina / despacho
Despachos profesionales, oficinas y actividades administrativas sin atención masiva de público.
Trámite probable Comunicación de actividad inocua
Qué debes tener en cuenta
Efecto inmediato al presentar. Certificado técnico y documentación básica.
Suele encajar en la comunicación de actividad inocua si no hay maquinaria ni ruido relevantes.
Hay que justificar accesibilidad, evacuación y el aforo según la densidad de ocupación.
Documentación habitual
Memoria descriptiva de la actividad
Certificado técnico de adecuación a normativa
Justificación de accesibilidad y evacuación
Plano de situación referido al planeamiento
Plano de planta (1/100 o 1/50) con superficies, usos, altura, mobiliario, alumbrado de emergencia, protección contra incendios y ventilación
Certificado técnico de cumplimiento de los criterios de inocuidad (Ley 6/2014, anexo III)
Dos locales del mismo tipo pueden seguir caminos distintos. Estas son las respuestas que más influyen y que te preguntamos al empezar la solicitud:
¿Instalará climatización o extracción con equipos exteriores? (puede añadir: memoria de climatización)
¿Habrá cocina o elaboración de alimentos con humos u olores? (puede añadir: proyecto de extracción de humos; la vía pasa como mínimo a licencia ambiental)
¿Habrá música, TV o equipos de sonido amplificados? (puede añadir: estudio acústico; la vía pasa como mínimo a declaración responsable ambiental)
¿Hace falta obra previa (tabiques, instalaciones, aseos)? (puede añadir: obra menor asociada)
¿Generará residuos peligrosos (aceites, disolventes, sanitarios)? (puede añadir: plan de gestión de residuos; la vía pasa como mínimo a declaración responsable ambiental)
¿Tendrá terraza en vía pública? (puede añadir: solicitud de ocupación de vía pública)
Cómo lo hacemos
Eliges tu tipo de negocio y respondes a unas preguntas sobre el local.
Ves una vía probable y un presupuesto orientativo antes de empezar.
Subes tus documentos (DNI, título del local y planos si los tienes).
Un ingeniero revisa todo, prepara la memoria técnica y la firma.
Presentamos en el Ayuntamiento y te mantenemos informado desde tu cuenta.
Lo es si cumple todos los criterios del anexo III de la Ley 6/2014: por ejemplo, que el aislamiento acústico sea la única medida correctora de ruido, que el nivel sonoro interior sea inferior a 70 dBA y que la potencia de motores no supere 9 CV. Si incumples alguno, pasa a declaración responsable ambiental o licencia ambiental. Un técnico lo comprueba con los datos reales del local.
¿Puedo abrir antes de que me contesten?
Depende del camino: con la comunicación inocua, el efecto es inmediato al presentar; con la declaración responsable, hay que esperar el plazo que marca la normativa; con licencia ambiental, hay que esperar a la resolución y la visita municipal. Abrir antes de tiempo puede acabar en sanción.
¿Cuánto cuesta?
Depende de la vía, de los metros y de si hay estudios específicos (acústico, humos, climatización). Al empezar la solicitud ves un rango orientativo, y el precio final lo cierra una persona del despacho tras revisar tu caso. Las tasas del Ayuntamiento y el IVA van aparte.
¿Necesito también licencia de obras?
Si vas a reformar el local para adaptarlo, normalmente sí: son trámites distintos y a veces se presentan a la vez. Consulta la guía de licencia de obras.
¿Mi municipio tiene reglas propias?
Sí. Cada Ayuntamiento tiene su ordenanza, sus tasas y sus modelos. Los vamos incorporando a medida que tramitamos expedientes en cada municipio, y el técnico los aplica a tu caso.