Local diáfano que se divide
Un local de 100 m² que se divide en zona de atención y almacén con tabiquería ligera.
Trámite probable
Reforma interior sin alteración estructural: normalmente declaración responsable de obra, y después la actividad.
‹ Guía de trámites · Obras y reformas
Al reformar un local para abrir un negocio hay dos trámites encadenados: primero la obra y después la actividad. Equivocar el orden o saltarse uno de ellos es la fuente de la mayoría de los retrasos.
En municipios como Alicante, el orden es: 1) informe urbanístico municipal, 2) trámite de la obra (declaración responsable de obra menor, licencia de obra menor o licencia de obra mayor, según su alcance) y 3) actividad (declaración responsable ambiental, comunicación o licencia). La comunicación de actividad inocua se presenta cuando las obras e instalaciones están terminadas y antes de empezar (art. 73 de la Ley 6/2014).
Según el art. 233 de la ley urbanística valenciana, entre otras:
Los ejemplos son situaciones tipo para entender el trámite, no expedientes reales ni una garantía de resultado.
Un local de 100 m² que se divide en zona de atención y almacén con tabiquería ligera.
Trámite probable
Reforma interior sin alteración estructural: normalmente declaración responsable de obra, y después la actividad.
Un local de oficinas que se convierte en una tienda de ropa.
Trámite probable
Es un cambio de uso: declaración responsable con certificación (art. 233.2) y, después, la actividad.
Un negocio quiere instalar un cartel luminoso visible desde la calle.
Trámite probable
Los carteles visibles desde la vía pública van por declaración responsable con certificación (art. 233.2).
Primero la obra y después la actividad. Un ejemplo es Alicante, que además pide un informe urbanístico municipal como requisito previo de la actividad.
Sí, y conviene hacerlo: consulta en el Ayuntamiento o pide el informe urbanístico municipal para saber qué usos permite el local.
Los carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública van por declaración responsable acompañada de certificación (art. 233.2).
Para obra de nueva planta, obras provisionales, movimientos de tierra o intervenciones con trascendencia patrimonial, entre otras (art. 232). Además, tu municipio puede exigir licencia expresa en otros casos.
Depende de la obra, del Ayuntamiento y de la vía de la actividad. Con comunicación se abre al presentarla tras acabar las obras; con declaración responsable, a partir de un mes.
Contenido revisado el 19 de octubre de 2026 con la normativa consolidada que figura en las fuentes, que puede modificarse: un técnico comprueba la versión vigente y la ordenanza de tu Ayuntamiento antes de actuar. Información orientativa, no es asesoramiento legal.