Cuando traspasas un local o compras un negocio en funcionamiento, el nuevo titular debe comunicar el cambio al Ayuntamiento. Es un trámite sencillo si la actividad y el local no cambian.
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La Ley 6/2014 de la Comunitat Valenciana establece que la comunicación del cambio de titularidad se hace en el plazo de un mes.
Cuándo basta con comunicar el cambio
Basta con la comunicación cuando se mantiene la misma actividad, en el mismo local y sin obras. El nuevo titular asume las condiciones de la licencia o declaración anterior.
Cuándo no basta
Si cambias la actividad, amplías el local o haces reformas, ya no es un simple cambio de titular: puede hacer falta una nueva licencia de actividad y, en su caso, de obras. También conviene revisar que el negocio que compras tenga su licencia en regla, porque cualquier irregularidad del local puede acabar afectando al nuevo titular.
Situación: elige el tuyo
Cambio de titular, misma actividad y local
Traspasos y compraventas de negocios en los que se sigue con la misma actividad y el mismo local.
Trámite probable Comunicación de cambio de titularidad
Qué debes tener en cuenta
Cambio de titular de una actividad ya autorizada, sin modificarla.
Plazo de un mes para comunicarlo.
Conviene comprobar antes que la licencia anterior esté en regla.
La puede presentar el nuevo titular. Normalmente se acompaña de la conformidad del titular anterior o del documento que acredita el traspaso, según el municipio.
¿Qué pasa si no lo comunico a tiempo?
El Ayuntamiento puede considerar la actividad como ejercida sin título válido y abrir un expediente. Lo mejor es hacerlo dentro del mes.
¿Y si quiero cambiar la actividad?
Entonces necesitas una nueva licencia de actividad adecuada a la nueva actividad.